La Corte Constitucional falló a favor del presidente Gustavo Petro sobre la investigación que abrió el Consejo Nacional Electoral -CNE- sobre presuntas irregularidades en topes financieros en la campaña presidencial del actual mandatario.
En el parágrafo 3 del fallo emitido por la Corte, se deja en claro que solo la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes puede investigar al presidente de cualquier irregularidad.
“DECLARAR que la Cámara de Representantes es la autoridad competente para asumir la investigación respecto del ciudadano Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de Presidente de la República, por las presuntas irregularidades en la financiación y presentación de informes de ingresos y gastos frente a las campañas de consulta interpartidista y presidenciales de primera y segunda vuelta del año 2022 de la Coalición Pacto Histórico, de las cuales fue candidato”, dio a conocer la Sala Plena de la Corte Constitucional.
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- Frete a este fallo de la máxima entidad de justicia en el país
, el presidente Petro se pronunció: “Bien por la Corte Constitucional”,
- sobre esta decisión que le da la razón al mandatario de que la investigación por parte del CNE no era válida.
Por lo tanto, la Corte también reveló: “DEJAR SIN EFECTOS la decisión del 6 de agosto de 2024 proferida por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado dentro del conflicto de competencias suscitado entre el Consejo Nacional Electoral y la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes (radicado 11001-03-06-000-2024-00343-00)”.
A su vez, el ministro del Interior, Armando Benedetti, comentó: “La Corte Constitucional acaba de reconocer el fuero presidencial al determinar que la única que puede juzgar al presidente es la Comisión de Acusaciones”.